Entre el Tte 1º Marengo y Horacio
Verbitsky
por Mauricio Ortín
Informador Público, 7-3-17
Políticos -opositores y oficialistas- intelectuales,
periodistas y, en general, aquellos que frecuentan los medios de comunicación
hace mucho que han dado por cerrado el debate sobre la legalidad los juicios
por crímenes de lesa humanidad. Dan por descontado que son justos y que todo
aquel que por esa época vistió uniforme debe estar necesariamente bajo sospecha
de genocidio (César Santos Gerardo del Corazón de Jesús Milani está en ese
trance).
Para los jueces, está probado que existió un Plan Sistemático de
Aniquilamiento de la Población Civil y con eso basta para condenar a cualquiera
que entre en dicha bolsa. Con la sola declaración del querellante sobra para
enviar a un “represor” a cadena perpetua. Eso sí, con los avales
correspondientes de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y las de las
provincias. En todos los fallos de lesa humanidad (enfatizo, todos) esos señores
que conforman el tribunal y que, por una cuestión de costumbre o vaya uno a
saber por qué llamamos jueces, se encargan meticulosamente de advertir que ante
la contradicción entre las partes el testimonio de las víctimas tiene más valor
de verdad que la de los acusados.
Ello porque son considerados testigos
necesarios, dado que en los hechos que se juzgan, por lo general, se cometían
en la clandestinidad, ocurrieron hace varias décadas y, por ello mismo, no
existen pruebas. Dicho en pocas palabras, para los tres señores que ostentan el
título impropio y que están sentados tras el estrado: el acusado, dice la
verdad, sólo cuando sus palabras coinciden las del denunciante; éste último, a
su vez, nunca miente. Esta burda, alevosa, rastrera, ignominiosa y cruel patraña
(Stalin, tenía más respeto por las formas) deja en manos de cualquiera la
libertad, la honra, la hacienda y la vida de los uniformados de esa época. Esta
y no otra es la maloliente “justicia” que imparte el estado argentino y que
tolera y hasta aplaude la sociedad en su conjunto.
La juventud maravillosa
Para los que pertenecieron a la “juventud
maravillosa”, en cambio, está el goce de ser considerados víctimas-héroes. Una
suerte de Bill de indemnidad que perdona, oculta y/o enaltece sus actos “revolucionarias”
de antaño. “Pecados de juventud”, “travesuras de muchachos idealistas”; La
prensa, políticamente correcta, prefiere referirse así a los asesinatos,
secuestros extorsivos, toma de cuarteles, asaltos demás horrores. No es el caso
de Nelson Castro; él dice: crímenes; pero, eso sí, siempre aclarando que los de
los los militares fueron “infinitamente” más graves. Lo de “infinitamente…”,
aducen, es la razón por la que -para la Justicia- unos prescriben y otros no.
Nelson Castro ¿se equivoca o tiene razón? Nada mejor que ir a las cosas para
averiguarlo.
Comparemos, por ejemplo, dos hechos con sus
respectivas causas e imputados: 1) el traslado en el año 1976 de 90 detenidos
desde de la Cárcel de Villa Gorriti de la capital jujeña hasta el aeropuerto El
Cadillal y desde allí hasta la ciudad de La Plata; 2) el atentado con bomba
durante el mismo año al comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal.
El crimen de lesa humanidad del traslado
El 7 de octubre de 1976, el entonces Tte. 1º, Horacio
Marengo, bajo el mando del Coronel Bulacio, habría sido uno más de los soldados
que participó en el traslado de 90 detenidos desde de la Cárcel de Villa
Gorriti de la capital jujeña hasta el aeropuerto El Cadillal (trayecto de no
más de 20 km, se cubre en aproximadamente 20 minutos). Unos diez
guardiacárceles de la provincia de Buenos Aires, a su vez, se hicieron cargo de
la custodia de los detenidos en el avión que los llevó desde Jujuy a la ciudad
de La Plata (tres horas de viaje). Todos ellos fueron condenados en primera
instancia por “privación ilegítima de la libertad y tormentos” (ninguno de los
trasladados murió o desapareció).
Ahora bien, está más que claro en la
instrucción y en la oralidad es que ni Marengo, ni los guardiacárceles fueron
los que detuvieron o privaron –legítima o ilegítimamente- de la libertad a
ninguna de estas personas ¡Fueron retiradas de una cárcel! Es obvio que cuando
aparecen Marengo y los guardiacárceles en escena ¡ya estaban detenidos! Tan es
así que, en los fundamentos de la sentencia, se consigna que se encontraban
detenidos “a disposición del poder ejecutivo nacional” y el juez Gabriel Casas
falla en disidencia sosteniendo que no hubo ”privación ilegítima de la
libertad” de parte de los guardiacárceles. Hay que recordar que estaba vigente
un decreto de Isabel Perón que disponía que las fuerzas de seguridad y los
agentes penitenciarios de todo el país dependían directamente del comandante de
las fuerzas armadas. De allí que, ante una orden de traslado, lo único que
cabía a cualquiera de ellos era cumplirla o insubordinarse.
Ni Marengo, ni los
guardiacárceles tenían porqué saber que los prisioneros eran políticos.
Saberlo, tampoco debería agravar su situación procesal. Para los jueces, sin
embargo, para no quedar incurso en la “privación ilegítima de la libertad”,
Marengo debió haberse jugado su carrera militar y su libertad favoreciendo la
fuga de los detenidos apenas los sacó del penal de Villa Gorriti. Los
guardiacárceles, a su vez y con idéntico fin, secuestrando y desviando el avión
a Cuba. En cuanto a los “tormentos” causados durante el traslado por el que
también fueron condenados, las únicas “pruebas” son las declaraciones de los
testigos-necesarios-víctimas. Los guardiacárceles niegan haberlos cometidos
pero, ya lo dije, lo que vale es la palabra de la querella.
El acto revolucionario de los “idealistas”
A las 13:20 hs. del 2 de julio de 1976, un artefacto
explosivo estalló en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal
causando la muerte a 23 personas e hiriendo a unas 60 (mutilados, ciegos y
quemados). La mayoría se encontraba almorzando. La organización terrorista
Montoneros, públicamente, se hizo cargo de la masacre a través de un parte de
guerra y del reportaje que concedió el montonero Mendizábal a la revista Cambio
16. La causa por el atentado la inició el señor Hugo Biazzo, uno de los
heridos. Entre los sindicados como responsables, además de Firmenich, estaba el
subjefe de inteligencia de Montoneros: Horacio Vertbisky.
No llegó a juicio
porque según, el fallo de la Cámara Nacional de Casación Penal, está
prescripta. Los jueces Juan Fégoli, Raúl Madueño y Mariano González Palazzo
destacaron la “orfandad probatoria” y la escasa “seriedad” de una imputación
“generalizada” (la autoría confesa de otra época de un terrorista es nada
frente a la negación actual del ahora, testigo-víctima). Ningún terrorista fue
a juicio por (después de la AMIA) el mayor atentado terrorista de la historia
argentina. Por el contrario, Horacio Vertbisky, se ufana de haber pertenecido a
Montoneros y preside la principal organización de DD.HH. del país. En los
juicios de lesa humanidad se desempeña, a pedido de las querellas, como
“testigo de concepto” y sus dichos son palabra santa para los magistrados.
También, el ascenso de militares y el nombramiento de jueces pasan por su
filtro. En fin, para el poder judicial argentino se podría decir que es casi un
héroe (cuando falleció Juan Gelman -teniente Pedro-, otro de los terroristas
implicados en el atentado, el poder ejecutivo decretó tres días de duelo
nacional).
MORALEJA
Para la “Justicia” argentina, el simple traslado de
presos es un crimen “infinitamente más grave” (Nelson Castro, dixit) que
asesinar a 23 personas y mutilar a otras 60 con una bomba. Los jueces que
permiten este absurdo moral algún día deberán rendir cuentas. Mientras tanto,
son miles los que sufren cárcel, escarnio e injusticia y millones a los que la
injusticia les importa un carajo.