La
Justicia Federal declaró la nulidad de la supresión de la instrucción militar
instituida en 2013
“PARA LA JUSTICIA
DIOS, PARA LA VERDAD EL TIEMPO”.
A comienzos de 2013,
un grupo de jóvenes egresados del Liceo Militar General San Martín, agrupados
bajo el lema “UNIDOS POR LOS LICEOS”, nos vimos obligados a defender la
continuidad y perpetuidad de los nueve Liceos Militares del país (de las 3
FFAA), frente a la embestida llevada a cabo por el Ministerio de Defensa
tendiente a desmilitarizarlos por completo, instrumentándolo a través de las
inmorales e ilegales Resoluciones 59/13 y 96/13.
El 19 de marzo de
2013, acompañados por la comunidad liceísta toda y afines a la causa,
realizamos una movilización pacífica al Ministerio de Defensa de la República
Argentina, abogando por la continuidad y perpetuidad de nuestros amados Liceos
Militares, pronunciando un petitorio e instando a las autoridades políticas a
rectificar tan abyecta decisión.
Horas antes de tal
evento, casualidad o no, el propio Ministerio emitió la Resolución 178/13,
donde ordenaba suspender la aplicación de la Resolución 96/13 por el período
lectivo 2013, a fin de promover la difusión, profundización y debate con la
participación de actores interesados y especialistas…
Hoy, casi dos años
después, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 8, a cargo de la Dra.
De Negre (Juez Subrogante) resolvió dar a lugar a la procedencia de una acción
de amparo presentada por padres de cadetes y alumnos del Liceo Militar General
Espejo (Mendoza) -patrocinados por la Dra. Rosana De Giuseppe y asociados- y
declarar la NULIDAD del Art. 1 de la Resolución 96/2013 del Ministerio de
Defensa de la República Argentina, la cual decretaba:
“Establécese, a
partir del año lectivo 2013, la SUPRESIÓN DE LA INSTRUCCIÓN MILITAR en los
siguientes Liceos: Militar “General San Martín”, Militar “General Araoz de
Lamadrid”, Militar “General Belgrano”, Militar “General Roca”, Militar “General
Paz”, Militar “General Espejo”, Naval “Almirante Brown”, Naval “Almirante
Storni” y Liceo Aeronáutico Militar”.
La Juez Subrogante,
Dra. De Negre, en el Considerando VIII expresó:
“debe admitirse el
argumento de los accionantes relativo a la vulneración del principio de
legalidad administrativa, que la reforma a los planes de estudio implementada
por las Resoluciones administrativas atacadas implica.
En efecto, en los
propios Considerandos de la Resol. 59/2013 y en el Anexo I (agregados en copia
a fs. 62 y 64/70) se referencia el estatus originario de los Liceos Militares
como espacios de formación secundaria para la preparación de oficiales de
reserva de las Fuerzas Armadas.
En orden a la
reconfiguración de los Liceos, en la Resolución citada se dispone producir un
cambio en la formación de reservistas por el de civiles para la Defensa
Nacional... (ver pto. a); lo que trae aparejado la eliminación de reservistas.
Asimismo, en el art.
1 de la Resol. 96/2013 se ordena suprimir la instrucción militar en los Liceos
que menciona, entre los que figura el Liceo Militar General Espejo y por lo
tanto el título de reservistas de los egresados (v. especialmente en copia
fs.76).
El art. 3, inc. 2º,
b) de la ley 19.101 (según ley 22.511) al referirse a la reserva de las Fuerzas
Armadas, incluye al personal que cursó estudios en los Liceos Militares y
obtuvo el correspondiente grado de capacitación.
Ello así, la
modificación de la estructura de la Reserva de las Fuerzas Armadas, sólo puede
efectuarse por ley emanada del Congreso Nacional.
Es que la
Administración Pública, se encuentra sujeta al principio de legalidad
administrativa que importa la sujeción y vinculación de las normas que emite a
las de rango jerárquico superior a partir del art. 31 de la C.N.
La primacía de la
ley, impide la derogación de cualquiera de sus postulados por acto
administrativo de alcance particular o general.
Ello lleva a declarar
la nulidad del art. 1, de la Resol. del Ministerio de Defensa 96/2013.
Lo dicho no implica
desconocer el loable fin de protección de los niños contra la violencia que
surge de los Considerandos de las normas atacadas.
En mérito de lo
expuesto,
FALLO:
……… “declarando en
consecuencia la nulidad del art. 1 de la Resol. del Ministerio de Defensa
96/2013, de conformidad al Considerando VII”.
Los argumentos
jurídicos en los cuales se fundó la Dra. De Negre no difieren en absoluto de
los esgrimidos por “UNIDOS POR LOS LICEOS” en el petitorio leído frente a la
comunidad liceísta concentrada aquel 19 de marzo de 2013 en las puertas del Ministerio
de Defensa, acontecimiento del cual, copio link de video:
https://www.youtube.com/watch?v=AzxT_G_sCl0
¡VIVAN LOS LICEOS
MILITARES!
¡VIVA LA PATRIA!
Subt (Res) EA Javier
Hermes Acuña
Promoción 67
“Nocturia”
Liceo Militar General
San Martín