La Nación, 12 DE NOVIEMBRE DE 2017
Paula Urien
En el marco de un proyecto de reforma laboral, el
blanqueo o "Regularización del empleo no registrado" no llega a los
trabajadores del Estado, muchos de los cuales están en situación irregular
según varios especialistas consultados, entre ellos Carlos Dodds,
vicepresidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, que dice
"el que tiene mayor empleo precario en el país es Estado nacional".
Casi como un laberinto con una salida demasiado
compleja, el sector público enfrenta por un lado este problema del adecuado
registro de trabajadores, pero por otro el exceso de personas empleadas, sobre
todo por el gobierno anterior. En diciembre de 2016 había 3,5 millones de
personas con un sueldo del Estado, según el Ministerio de Trabajo, una cifra
muy similar a la de 2015. Pero en 2002 había 2.180.000 puestos en total según
datos recopilados por FIEL. Según los números que contabiliza Cippec en el
informe "GPS del Estado: Cuánto y cómo cambió el sector público
nacional", realizado por Gonzalo Diéguez, Laura Zuvanic, Jimena Rubio y
Agustina Valsangiacomo, "de acuerdo a los datos de la encuesta anual de
hogares urbanos (EAHU), entre 2010 y 2014, la cantidad de trabajadores
estatales pasó de 3,3 a 3,9 millones. Es decir, el Estado en todos los niveles
de gobierno incorporó 600.000 nuevos empleados públicos. Así para 2016, el
empleo público representaba el 18,8% del total de trabajadores. Casi 2 de cada
10 trabajadores en la Argentina se desempeñaban en alguna repartición estatal
del orden nacional, provincial o municipal".
Entre ellos, una importante cantidad de personas que
no estarían debidamente registradas. Según Cippec, "el déficit de un marco
normativo homogéneo continúa multiplicando formas de contratación que confluyen
en situaciones de inequidad y precarización laboral: tanto en el período 2010 -
2015 como en el año 2016 para la administración pública centralizada, al menos
un 30% de los trabajadores estatales prestan servicios a través de modalidades
de contratación de obra y servicios contemplados en los decretos 1318/11 y
Nº1421/02, como así también mediante los convenios de cooperación a través de
las Universidades".
Con otra opinión, desde el Ministerio de Trabajo dicen
que "la gente que trabaja para el Estado está 100% en blanco", a
contramano de varios especialistas en derecho laboral. "No hay gente no
registrada en el Estado. El empleo "en negro" es el que no está
registrado, no hay aportes. Un monotributista que es contratado por una
Universidad está registrado. Si es un mecanismo legítimo o ilegítimo se
discute, puede ser legítimo siempre y cuando preste una función temporal,
específica para un proyecto particular".
En el Ministerio de Modernización están contabilizados
la cantidad de contratados dentro del universo del Estado nacional (sobre un
total de 740.677 personas, el resto son empleados provinciales y municipales,
donde faltan datos). Según el trabajo elaborado por Cippec, el 79% de los
empleados públicos trabaja en las estructuras estatales de las provincias y
municipios. Así, el sector público nacional (que depende del Ejecutivo) explica
apenas el 21% del empleo público total.
Según las cifras que publica en su sitio web, en el
Registro Nacional de Personas Contratadas a 15 de mayo de 2017 son 64.379.
"Para principios del 2018 habremos pasado a planta permanente a 5000
empleados que se encontraban en condiciones laborales precarias hace más de 10
años", dicen desde Modernización
Rigidez y transgresión
Desde la cartera laboral afirman que "la gente
quiere la estabilidad de empleo público pero también quiere que el Estado
funcione bien, hay muchas contradicciones".
"La estabilidad absoluta en el Estado hace que
existan empleados inamovibles de planta permanente", dice Dodds.
"Esto genera una falta de movilidad que le impide al Estado tener una
facilidad razonable de ingresos y egresos, y lo fuerza a tener una mayor
cantidad de empleo precario". Por eso tiene empleados de planta no
permanente o transitoria que no están debidamente registrados "y los
contratos no tienen la protección que el empleo debiera tener".
El doctor Miguel Angel Abdelnur, autor del capítulo
"Contratados del Estado" del primer tomo de "Regímenes laborales
especiales", una colección dirigida por Ricardo Foglia , aclara que el
art. 14bis de la Constitución Nacional consagra la "estabilidad del
empleado público". "Los constituyentes de 1957 pensaron la norma como
una garantía de una administración eficiente, cuyos miembros debían estar
resguardados de los caprichos de los gobernantes de turno. Pero la norma fue
sistemáticamente violada. Por un lado, se creó una "planta
permanente" y otra "temporaria", otorgándosele solamente a los
integrantes de la primera la garantía de la estabilidad. De este modo, los
"empleados de planta temporaria" podían permanecer largos años sin
que se les reconociera este derecho y cesados a voluntad del gobernante".
El especialista asegura que esta situación permanece
inalterada hasta la actualidad. "Pero esto no fue suficiente. Las
administraciones nacional, provincial y municipal recurrieron al arbitrio de
contratar personal bajo la figura de la "locación de obra", "de
servicios", "pasantías", "becas", y otras figuras
jurídicas, a fin de excluirlos no sólo de la garantía de estabilidad sino de
cualquier derecho laboral y de la seguridad social. Son los llamados
"contratados del Estado", que por cientos de miles pueblan los
despachos del Estado y permanecen como en un limbo, sin contar con ningún
derecho y sujetos a la voluntad de los funcionarios de turno".
¿Cómo reaccionaron los tribunales ante esta situación?
"La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) llegó incluso a
amonestar, en reiterados fallos, a aquellos "contratados" que
reclamaron por sus derechos. Pero a partir del fallo pronunciado en la causa
"Ramos José Luis c.Estado Nacional"del 6/4/2010, perfeccionado por el
de "Cerigiliano Carlos Fabián c.Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Bs.As." del 19/4/2011, los "contratados" pudieron recibir,
cuando menos en caso de cesantía, una indemnización similar a la de los
trabajadores del sector privado", agrega Abdelnur.
A pesar de la doctrina que ya está establecida,
"la Administración continúa con esta mala práctica y obliga a los
desplazados a iniciar juicios de largo trámite en procura de sus derechos. Un
caso emblemático fue el de «Gonzalez Dego,María Laura c/Ministerio de Trabajo»,
(de 2011) que desnudó un fraude cometido por el propio Ministerio del Trabajo y
la Universidad de Buenos Aires, quienes mantuvieron a una empleada, Gonzalez
Dego, como «pasante» durante 7 años, para luego cesarla sin indemnización
alguna".
Desde Colombia, Rodrigo Reyes Duarte, socio fundador y
director jurídico de Prelafit Compliance recuerda una anécdota que contó en el
II Congreso Internacional de Compliance que se hizo en octubre, en la Bolsa de
Comercio de Buenos Aires y que pertenece a Dan Ariely, catedrático de psicología
y economía conductual norteamericano: "Llega un niño del colegio con una
nota en su libreta en la que el profesor explica que su hijo ha robado un lápiz
a un compañero y que ese comportamiento es inaceptable. El padre sorprendido
llama a la madre para que también sea testigo del sermón y lo castiga dos
semanas sin videojuegos para que aprenda. Cuando ya termina la reprimenda, el
padre le dice "...además, hijo, no lo entiendo. Si necesitabas un lápiz,
¿por qué no me lo pediste? ¡Yo te habría traído varios de la oficina!"
El padre sanciona al hijo por una acción que él mismo
comete. Es así que el Estado encontró una manera de hacer "trampa"
ante dos necesidades: la primera, pasar por encima de la barrera que impide que
ingrese más personal, y la segunda, incorporar a quienes considera necesarios
para sus tareas cotidianas.