Macri ordenó acelerar el plan para ahorrar trámites y
bajar costos burocráticos
La Nación, 12
DE NOVIEMBRE DE 2017
Mariano Obarrio
Como parte del "reformismo permanente", el
presidente Mauricio Macri ordenó acelerar el plan de desburocratización y
simplificación de trámites del Estado para reducir costos, mejorar la
competitividad y el empleo en el sector privado, y agilizar papeleo para
negocios, importar, exportar, contratar y licitar.
Es parte del paquete de las reformas tributaria,
fiscal, laboral, jubilatoria y de la reestructuración del Estado. En los
próximos días se creará por decreto la Secretaría de Simplificación Productiva,
que dirigirá Pedro Inchauspe. Según confiaron a LA NACION fuentes de la Casa
Rosada, dependerá del ministro de Producción, Francisco Cabrera.
Se focalizará en eliminar obstáculos y vigilar que el
Estado no agregue trámites y costos. Según estiman en Producción, el sector
privado ya se ahorro $ 10.000 millones.
Producción ejecuta el plan con el Ministerio de Modernización,
que dirige Andrés Ibarra , y la Secretaría Legal y Técnica, de Pablo Clusellas.
Los nudos están en Aduana, AFIP, Senasa y en la comercialización de granos,
carnes y alimentos.
Se gastan 4.000.000 de hojas de papel menos y se
rebajó el gasto por $ 1070 millones en papel, viáticos, certificaciones y
gestores. El objetivo es reducir costos por 93.000 millones, 1% del PBI, en dos
años, tal como se informó la semana última.
Para importar o exportar, antes intervenían 23
organismos. La Ventanilla Única del Comercio Exterior (VUCE) unificó en
Internet a ocho entes y antes de fin de año se completarán los otros 15 en un
paso online. El paso siguiente será destrabar los trámites entre la Nación y la
provincia de Buenos Aires. Según el BID, la VUCE reducirá costos de 3,5% en
promedio. Macri aspira a rebajar el 50% del tiempo. Hay un lucro cesante no
cuantificable: el desaliento a negocios que genera la burocracia y la riqueza
que se pierde.
También intervienen organismos descentralizados como
INTI, INTA, Senasa, INAL, Iname, IGJ e IMPI. Hay 250 ministerios provinciales y
17.000 secretarías municipales. Para exportar alimentos a baja escala había un
registro extra en el INAL. Se eliminó, y si un alimento está habilitado para el
mercado interno se lo habilita para la exportación.
La cartera de Modernización aplicó tres programas: la
Gestión Documental Electrónica: todos los ministerios y 62 organismos y
24.000.000 de documentos digitales, 2.070.998 expedientes electrónicos y
123.000 usuarios; Trámites a Distancia: 634 trámites en línea. Tarda 32 días
menos que los presenciales: 500.000 personas del interior ahorraron viajes a la
Capital, y la Plataforma de compras del Estado: Comprar.gob.ar (63 organismos)
para servicios, y Contratar.gob.ar (en 17 organismos), para licitar obra
pública. Hay 15.000 proveedores y más de $ 29.000 millones para ambas
plataformas.
Unos molinos eólicos no podían ingresar hace un mes
por el Puerto de Buenos Aires: se pedía la revisión de toda la documentación y
de todas las mercaderías. Producción, AFIP, Aduana y Energía unificaron
controles y se destrabó. Unas centrales térmicas en 2016 tenían que patentarse
ante Vialidad Nacional como si fueran vehículos. Se eliminó.
También se dispuso el "silencio positivo".
Si una empresa o persona no tiene respuesta de un organismo, el trámite queda
aprobado. Macri lo incluyó en el decreto 891/17.
Macri tuvo en cuenta que el Foro Económico Mundial
considera que la burocracia está entre los cinco mayores problemas en la
Argentina junto a la inflación, impuestos, acceso a crédito y corrupción.
"En esto no hay gradualismo: el pedido del Presidente es aplicar
shock", dicen.
Para enviar muestras o ventas de pequeño volumen,
cualquier pyme debía tramitar en AFIP, Aduana y Correo. Se creó "Exporta
Simple" con un solo trámite online y se hace el envío. Además de eliminar
cinco trámites para crear empresas -se crearon 500 en dos meses-, se redujo a
72 horas el trámite de seguros de cauciones aduaneras que duraban 7 meses y se
redujo de 34 a 20% el control físico por Canal Rojo de la Aduana, con $ 7100
millones de ahorro.
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Decreto 891/2017
Buenas Prácticas en materia de Simplificación
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Que la presente medida se dicta en ejercicio de las
atribuciones conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- APROBACIÓN. Apruébanse las BUENAS
PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN aplicables para el funcionamiento del
Sector Público Nacional, el dictado de la normativa y sus regulaciones.
ARTÍCULO 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. A los fines del
presente decreto, entiéndese por Sector Público Nacional al definido en el
artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- SIMPLIFICACIÓN NORMATIVA. Las normas y
regulaciones que se dicten deberán ser simples, claras, precisas y de fácil
comprensión. El Sector Público Nacional deberá confeccionar textos actualizados
de sus normas regulatorias y de las guías de los trámites a su cargo. Deberá
evaluarse su inventario normativo eliminando las que resulten una carga
innecesaria. En el mismo sentido el dictado de nuevas regulaciones que impongan
cargas deberán a su vez reducir el inventario existente.
ARTÍCULO 4°.- MEJORA CONTINUA DE PROCESOS. El Sector
Público Nacional deberá aplicar mejoras continuas de procesos, a través de la
utilización de las nuevas tecnologías y herramientas informáticas, utilizar e
identificar los mejores instrumentos, los más innovadores y los menos onerosos,
con el fin de agilizar procedimientos administrativos, reducir tiempos que
afectan a los administrados y eliminar regulaciones cuya aplicación genere
costos innecesarios.
ARTÍCULO 5°.- EVALUACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN. Todos
los organismos del Sector Público Nacional deberán tender, en los casos que
corresponda, a la evaluación de la implementación de las normas regulatorias
que dicten.
ARTÍCULO 6°.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Los organismos
del Sector Público Nacional incrementarán los mecanismos de participación,
intercambio de ideas, consulta, colaboración y de cultura democrática,
incorporando las nuevas tecnologías, necesarios para facilitar la comprensión y
medir el impacto que traerá aparejado las nuevas regulaciones.
ARTÍCULO 7°.- PRESUNCIÓN DE BUENA FE. Las regulaciones
que se dicten deben partir del principio que reconoce la buena fe del
ciudadano, permitiéndole justificar a través de declaraciones juradas
situaciones fácticas que deban acreditarse ante los organismos del Sector
Público Nacional.
ARTÍCULO 8°.- GOBIERNO DIGITAL. El Gobierno Nacional
deberá fomentar la interoperabilidad entre las administraciones públicas
provinciales, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, generando de esta manera
un intercambio y colaboración mutua, a fin de implementar todas las
herramientas tecnológicas existentes, permitiendo de este modo acercar a los
ciudadanos herramientas eficaces para su interacción con la Administración.
ARTÍCULO 9°.- MEDICIÓN DE COSTO-BENEFICIO. El diseño
de las regulaciones procurará la incorporación de la medición de los
costos-beneficios que impliquen su implementación
ARTÍCULO 10.- SILENCIO POSITIVO. En la elaboración de
las normas regulatorias deberá tenerse en cuenta la posibilidad de incrementar
el carácter positivo del silencio de la Administración, en la medida que
resulte posible en atención a la naturaleza de las relaciones jurídicas
tuteladas por la norma de aplicación, siempre y cuando sea en beneficio del
requirente y no se afecten derechos a terceros.
ARTÍCULO 11.- COMUNICACIÓN EFICIENTE. Los organismos
del Sector Público Nacional deberán promover el intercambio de buenas prácticas
comunicacionales intra y extra organismos. La totalidad de las medidas
dispuestas deberán comunicarse de manera clara y eficiente.
ARTÍCULO 12.- CREACIÓN DE REGISTROS. En caso de
crearse nuevos Registros, en el ámbito de la administración centralizada se
requerirá la previa autorización del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, mientras
que en los demás casos dicha autorización será otorgada por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL. Los nuevos Registros que se creen deberán ser digitales, facilitando
el acceso por parte de los ciudadanos y estarán regidos por el principio de
gratuidad.
ARTÍCULO 13.- Comuníquese, publíquese, dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
— MACRI. — Marcos Peña.