jueves, 30 de noviembre de 2017

LA EDUCACIÓN DESPUÉS DE LA GRIETA



 La Nación, 29 DE NOVIEMBRE DE 2017

Mariano Narodowski *

Comenzamos a transitar la Argentina del fin de la grieta: los bordes se multiplican. Es el momento más difícil y se precisa la mirada más constructiva e inteligente allí donde la grieta ordenaba a los medios, a las instituciones y a la política.
En este escenario, ¿cómo salir de la parálisis educacional? ¿Cómo superar el estancamiento que se evidencia en todas las mediciones internacionales, en las que países que han organizado su educación 50 años después e inspirándose en nuestro sistema educativo presentan indicadores de inclusión educativa y de calidad muy superiores a los argentinos?

La peor respuesta es comenzar de cero y refundarlo todo en el país del siempre empezar. Ya hemos vivido esta situación en los años 90, con un intento fallido de reingeniería del sistema educativo, y también en los años dos mil, cuando se derogó la ley federal de educación para refundar, una vez más, una oportunidad que se creía original y no fue más que la repetición de los errores del pasado. La propuesta de una universidad pedagógica en la ciudad de Buenos Aires será una prueba de madurez sobre esta combinación de lo nuevo constructivo y lo viejo valorable.
Es que la estructura de las escuelas sigue siendo la de las primeras décadas del siglo XX y la organización laboral docente es de 1958: el año que viene cumplirá 60 años una norma que muestra signos irremediables de agotamiento. Ambas son pilares de un sistema educativo piramidal y jerárquico, donde voces propias de la administración militar como "la superioridad" o "el orden jerárquico preestablecido" expresan rigidez y autoritarismo. Donde la innovación por la que claman nuestros gurús educativos sólo puede ser una excepción a la regla. Un sistema en el que nadie se hace cargo: la responsabilidad por los resultados es un valor ausente.
Cuanto más releo la ley de educación nacional de 2006 (LEN), más me convenzo de que, aun con todos sus subterfugios y limitaciones, tranquilamente podría ser el marco legal para una inmediata mejora educativa posgrieta. Un punto de partida que sea a la vez una continuidad.

Es cierto que esa ley tiene enormes problemas, desde su redacción hasta la estipulación de institutos de cuestionable apego a la Constitución, como un consejo de ministros de educación que por mayoría puede disponer sobre las escuelas de todo el país. O el fatídico artículo 97, que limita el derecho a la información de las familias sobre los resultados de la escuela de sus hijos en las evaluaciones Aprender.

Sin embargo, una actitud desprejuiciada, técnicamente precisa y muy constructiva es lo que requiere la educación posgrieta. Analizando la LEN con su mejor luz, es posible comenzar a solucionar hoy mismo buena parte de los problemas sobre los que hay un consenso amplio, un piso de coincidencias.

Lo que trato de mostrar es que la base legal para avanzar en un nuevo esquema educativo ya está en la vieja legislación. Sólo falta la voluntad política para concretar esos consensos y ponerlos en práctica.

La organización de la educación por provincias, en la que cada una administra su propio sistema, puede complicar; pero es lo que manda la Constitución desde 1853. Y la Argentina no es única: desde Canadá hasta Brasil, los países han resuelto la tensión entre la nación y las provincias como lo especifica la LEN en su artículo 113: responsabilidad concurrente y concertada.

La LEN establece de hecho la modificación de los estatutos del docente que de modo muy similar rigen en las 24 provincias. En su artículo 69 determina una nueva carrera con dos opciones: quienes se desempeñan en el aula y quienes desempeñan funciones directivas y de supervisión. Este esquema legal, que está vigente pero no se cumple, mejoraría lo dispuesto por los estatutos docentes por los cuales hoy aquel maestro que quiere ser sólo maestro y no director no tiene cómo ascender y no tiene más bonificaciones salariales que la antigüedad: el más perverso y especulativo beneficio que sólo premia el paso del tiempo. A la primacía de la antigüedad, la LEN brinda una respuesta madura: la formación continua será -dice- una de las dimensiones para el ascenso en la carrera profesional docente, aunque no descarta reconocer la innovación, el compromiso social, la calidad del intento pedagógico y otras variables tan relevantes como ignoradas por las leyes provinciales actuales.

Respecto de la actual incorporación de los docentes a las escuelas -por la que el maestro docente elige la escuela en la que va a desempeñarse, pero sus directivos no tienen arte ni parte en la conformación del equipo docente-, la LEN tiene también una propuesta: su artículo 83 establece que los educadores de mayor experiencia y calificación deben desempeñarse en las escuelas que se encuentran en situación más desfavorable, lo que mejora mucho los estatutos del docente. Esto hay que aplicarlo ya: beneficiaría a los alumnos de mayor vulnerabilidad socioeconómica y sentaría las bases de la responsabilidad por los resultados, propia de escuelas autónomas y reflexivas. Esto se completa con el artículo 85, en el que se exige a los gobiernos estimular la innovación y experimentación educativa.

Es verdad que respecto de la necesaria autonomía escolar, la LEN es muy amarreta, con muchos subterfugios para eludirla: ni siquiera menciona a los directivos escolares como encargados del funcionamiento de cada institución. Pero en muchos artículos alude a la existencia del "proyecto educativo institucional" que debe ser elaborado y respetado por la comunidad educativa. Una atinada reglamentación hoy mismo puede hacer operativo el proyecto escuela, brindando un mayor margen de maniobra para la toma de decisiones y herramientas de evaluación y autoevaluación escolar.

La evaluación educativa en la LEN es poco ambiciosa pero razonable. En su artículo 94 se establece que el gobierno debe implementar una política de información y evaluación continua y periódica del sistema educativo para poder tomar decisiones que mejoren la calidad de la educación aplicando criterios justos en la asignación de recursos. O sea, la ley obliga al Estado a evaluar para tomar decisiones políticas y para asignar recursos; una racionalidad de la que hoy carecemos. Con esos pequeños pasos ya habremos avanzado muchísimo en una asignación de recursos menos burocratizada y pro equidad.

El artículo 98 crea el Consejo Nacional de Calidad de la Educación, que institucionaliza el asesoramiento por parte de organismos y personas especializadas e interesadas en la cuestión, y que jamás fue convocado, salvo un corto período en 2008. Este consejo sería una herramienta poderosa de consenso, al menos hasta que el Senado le dé la media sanción que falta a la creación del Instituto Nacional de Evaluación de la Calidad y la Equidad Educativas, un instrumento central que propuse hace ya 20 años.

Reconozco que las propuestas son modestas. Pero son alcanzables hoy mismo a través de una ley de ayer nomás. Los postulados grandilocuentes de reformas educativas fracasaron. Algún plan ni siquiera superó la puerta del Ministerio de Educación. Probemos con estas pequeñas epopeyas y cambiemos. Revirtamos el declive educacional argentino.


*Profesor de la Universidad Torcuato Di Tella, miembro de Pansophia Project