SOBRE LA PESCA
ILEGAL DE LOS RECURSOS MIGRATORIOS ARGENTINOS
EN MALVINAS Y ALTA
MAR (PARTE I)
César Lerena
El subsecretario
de Pesca Carlos Liberman y el secretario de Malvinas de la Cancillería
Guillermo Carmona no entienden que la PESCA ILEGAL por parte de buques
extranjeros en Malvinas y en el Atlántico Sudoccidental atenta contra el
desarrollo y la generación de empleo en el litoral marítimo argentino y
consolida la ocupación británica en Malvinas, y en más de 1,6 millones de km2
del territorio marítimo explotado por el Reino Unido.
Digámoslo con
todas las letras: no son 11.410 km2 de Malvinas los ocupados por el Reino
Unido. Está invadido el territorio marítimo argentino en un equivalente al 52%
del Zona Económica Exclusiva y extranjerizado el Atlántico Sudoccidental que
debería estar administrado por la Argentina y Uruguay, en su condición de
Estados ribereños (FAO 41 Sub-Áreas 2.3.; 3.1. y 3.2.).
En varias entregas
sintetizaremos el trabajo que presentaremos varios expertos de Latinoamérica
bajo el título “La demanda de los Estados ribereños de Latinoamérica sobre la
Pesca Ilegal y el dominio de los recursos migratorios originarios de la ZEE”,
donde se dejan de manifiesto los derechos que le asisten a los Estados
ribereños y que han sido desatendidos -en el caso de Argentina- por los citados
funcionarios, incumpliendo con sus deberes de funcionarios públicos por falta
de aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar,
varias normas de la FAO y las leyes nacionales 24.543, 24.608, 24.922, 26.386 y
27.564.
Se entiende como
PESCA ILEGAL y con el tecnicismo de INDNR (ilegal, no declarada, no registrada)
a aquella que se realiza voluntaria y/o libremente, sin cumplir total o
parcialmente con la regulación internacional o nacional de origen y/o sin
control independiente y/o si se capturan en alta mar sin acuerdo previo a
aquellas especies que interaccionan o están asociadas o son migratorias
originarias de las ZEE o viceversa o, se realiza todo acto, de cualquier
naturaleza, que atente contra la sostenibilidad de las especies pesqueras y/o
contaminando el medio ambiente (César
Lerena, Ob. Cit. 2022). Más de cincuenta irregularidades detalladas en el
referido trabajo se tipifican como PESCA ILEGAL y todas ellas ocurren en alta
mar del Atlántico Sudoccidental y varias de ellas en la ZEE Argentina.
La denominación
PESCA ILEGAL es autosuficiente para definir por sí misma las acciones depredadoras
de las actividades pesqueras, por lo que a nuestro entender denominarla pesca
“ilegal, no declarada, no registrada” (INDNR) minimiza las acciones y
contribuye a la confusión general, ya que podríamos agregar a estas una serie
interminable de adjetivos. La ejecución de todas o alguna de las prácticas
depredadoras o que coadyuvan éstas no son otra cosa que ejecutar una PESCA
ILEGAL, de mayor o menor gravedad respecto a sus efectos negativos en cuanto a
la sostenibilidad de las especies, la contaminación del medio marino o al daño
económico-social de los Estados en desarrollo.
El Plan de Acción
Internacional (PAI) de la FAO (2001) elaborado como un instrumento en el marco
del Código de Conducta para la Pesca Responsable, es una norma que, entre otras
cosas refiere (3.3.2), que se realiza PESCA INDNR cuando: «en zonas o en
relación con poblaciones de peces respecto de las cuales no existen medidas
aplicables de conservación u ordenación y en las que dichas actividades
pesqueras se llevan a cabo de una manera que no está en consonancia con las
responsabilidades relativas a la conservación de los recursos marinos vivos que
incumben al Estado en virtud del derecho internacional», es decir, el caso de
la pesca que se realiza en el área de Malvinas sin control de Argentina y, en
alta mar en el Atlántico Sudoccidental, al pescar sin control alguno por parte
del Estado de origen y sin acuerdo con el Estado ribereño (Argentina) sobre los
recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina, razón por la cual y pese
a la “libertad de pesca” indicada en la CONVEMAR, debe tipificarse de PESCA
ILEGAL (avanzaremos en ello en futuros artículos).
Todo ello se
ratifica en el Programa 21 de la FAO (1992) donde también se hace hincapié en
«la ordenación de la pesca de altura» y donde se precisa que es en ese ámbito
donde «se plantean los problemas de la pesca incontrolada». En síntesis, en
este Programa se deja en claro, que la cuestión se centra en ordenar a los
Estados de pabellón que pescan a distancia en alta mar.
En alta mar es muy
poco representativa la pesca de los Estados ribereños no desarrollados y, el
85% de la pesca a distancia en alta mar la realizan cinco países: China,
España, Taiwán, Japón y Corea del Sur, quienes del total de 37 millones de
horas de pesca ocupan aproximadamente 25 millones. El problema entonces, no lo ocasiona y mantiene toda
la actividad pesquera internacional, sino que lo generan solo cinco Estados
para lo cual casi todos los países del mundo se reunieron para aprobar una
Convención que produjo regulaciones pesqueras imperfectas para todos los
Estados -muy especialmente a los Estados ribereños no desarrollados- a lo que
se agregó el Acuerdo de Nueva York que se excede irregularmente a lo ya
regulado en la CONVEMAR. En realidad, más que promover una Convención, unos 160
países le deberían estar diciendo a estos cinco países y a otros cuatro o cinco
(Rusia, el Reino Unido, Noruega, Portugal, etc.) “paren de pescar a distancia”
(¡!) y acuerden con los Estados ribereños para hacerse de las proteínas que
necesitan.
Mientras esto
ocurre, pese a los resquicios que tiene la legislación internacional y las
exigencias que a los funcionarios argentinos le impone la legislación vigente
en la Argentina, éstos no han hecho absolutamente nada para revertir la
expoliación de los recursos nacionales por parte de buques extranjeros, tanto
en Malvinas, como sobre los recursos migratorios de la ZEE Argentina en alta
mar. Y ello es grave, no solo por daño biológico, ambiental, económico, laboral
y social que le ocasiona al país, sino porque esa presencia extranjera
incontrolada favorece la ocupación británica en Malvinas y consolida la
economía de los isleños.
¿Qué hacen a nivel
nacional estos funcionarios responsables? Nada. Ni siquiera aplican la
legislación nacional vigente para sancionar la pesca ilegal en Malvinas. ¿Qué
hacen a nivel internacional por defender los intereses nacionales? Nada. El
secretario de Malvinas manifiesta que las políticas más relevantes de esa
dependencia son «persistir en el reclamo; consolidar los consensos internos y
amplificar los apoyos; mostrar seriedad y solidez y aprovechar el contexto
internacional» (Proyecto Sur, 8/4/2022) repitiendo el grave error cometido por
el embajador Lucio García del Solar el 16/17 de agosto de 1989, prolegómeno de
los Acuerdos de Madrid que consolidan la posición británica en Malvinas y, que
este secretario entiende que “no es tan sencillo desarticular” (PS, 8/4/2022).
El mismo error y
los mismos efectos 33 años después. ¿Y el subsecretario de Pesca? En 2008 se
presentó un “Plan de Acción Nacional”, que es un enunciado teórico de
obligaciones que ya se encuentran en las leyes y los manuales de las
reparticiones públicas, sin ningún efecto práctico. Un inservible texto que, a
la luz de los hechos, ya ha demostrado su inutilidad para eliminar o reducir la
PESCA ILEGAL, ya que no contiene, ni una sola acción concreta destinada a
modificar la depredación brutal que realizan los buques extranjeros en el área
de Malvinas y en alta mar. Y, lo que es peor, este funcionario entiende, que la
pesca de los recursos migratorios originarios de la ZEE Argentina en alta mar
no es pesca ilegal. Nada bueno hay que esperar: Si se erra en el diagnóstico no
se puede prescribir un buen tratamiento y es de imaginar el peor de los pronósticos.
La Argentina y el
mundo van perdiendo la lucha contra la PESCA ILEGAL y ello se debe, a una
legislación que plantea un ordenamiento erróneo (CONVEMAR, Acuerdo de Nueva
York y otros), que ya observó parcialmente la Argentina en 1995 y que, los
principales países y comunidades (China, la Unión Europea, Reino Unido, Corea
del Sur, Japón, Taiwán, etc.) que deberían liderar el cuidado del ambiente
marino y los recursos pesqueros subsidian la pesca a distancia y no penalizan a
quienes no acuerdan con los Estados ribereños para regular la pesca en alta mar
en condiciones equitativas y sostenibles. Al respecto, la FAO estima que al
menos el 30% de las capturas son ilegales, generándose unos 36 mil millones de
dólares anuales (FAO, 2016, p 05-06) en forma irregular y, en una competencia
desleal con quienes pescan cumplen las normas nacionales e internacionales.
Cuando en el
Atlántico Sudoccidental los buques extranjeros sin control extraen todos los
años un volumen estimado en las 750.000 toneladas de productos pesqueros en
alta mar originarios de la ZEE Argentina y 250.000 toneladas del área de
Malvinas ocupada en forma prepotente por el Reino Unido y violando la
Resolución 31/49 de las Naciones Unidas, queda absolutamente evidente que la
política de los organismos multilaterales ha fracasado y por cierto, la de los
organismos competentes (Cancillería y Malvinas; Agricultura, Ganadería y Pesca;
Defensa y Seguridad) de la Argentina también, aunque veamos algunos avances en
esta última área, pese a un presupuesto muy por debajo de la media regional.
La Argentina,
desde hace 50 años, sufre esta captura por parte de buques extranjeros en el
área de Malvinas y de las especies que desde la ZEE migran hasta la alta mar,
causándole un perjuicio gravísimo al ecosistema, ya que con licencia o no
británica se extraen del Atlántico Sudoccidental un millón de toneladas
anuales, por un valor estimado entre los 2.600 y 4.000 millones de dólares de
materias primas brutas; pero, también, impidiendo el desarrollo económico,
laboral y social del país y, muy especialmente de los pueblos del litoral
bonaerense y patagónico, constituyéndose -como trataremos en un futuro
artículo- en un atentado a la seguridad.
No alcanza que el
gobernador de Tierra del Fuego anuncie acciones legales contra la pesca ilegal
en Malvinas, donde si no se hace una acción conjunta con la Nación, biológica y
territorialmente analizada, se corre un alto riesgo de profundizar el problema.
Cuando se trata de
cuestiones que afectan la soberanía nacional y el bienestar del conjunto de los
argentinos, no interesan las cuestiones partidarias o sectoriales: “a los
amigos se los acompaña hasta el cementerio, no se entierra uno con ellos”. En
frente, están las grandes potencias que vienen por nuestras proteínas y
nuestros espacios marinos e insulares desatendidos.