Por Héctor GIULIANO
(8.7.2016)
La normativa oficial sobre
Crédito Público – Ley 24.156 de
Administración Financiera del Estado y todas sus disposiciones conexas (con
base en el artículo 75 de la Constitución Nacional) – establece taxativamente
que las operaciones de deuda deben estar autorizadas por ley del Congreso.
La Ley 27.198 de
Presupuesto 2016 – emitida a fines del gobierno Kirchner – prevé un aumento de
la deuda pública durante este ejercicio, en pesos y en moneda extranjera, por
el equivalente a 23.400 MD (Millones de Dólares).
La Ley 27.249 – del
31.3 de este año – autorizó un endeudamiento adicional por 12.500 MD para el
arreglo de pago a los Holdouts, lo que elevaría ese total a unos 36.000 MD
(35.900).
Pero el presupuesto
del corriente año contemplaba un Déficit Fiscal de 9.200 MD mientras que ahora
este déficit se estima entre 25 y 30.000 MD, esto es, unos 15.000 MD más de lo
originalmente previsto, de modo que el endeudamiento total superaría los 50.000
MD en el ejercicio, ya que el déficit se cubre con más deuda.
Sin contar todavía
aquí el impacto financiero diferencial por los pagos a jubilados/pensionados de
la ley aprobada días pasados – que sumarán montos ciertos al gasto público – contra
las cifras del nuevo blanqueo, que constituyen montos inciertos.
Este extraordinario
aumento adicional de la Deuda Pública en curso no se encuentra clara ni
debidamente respaldado por las normas de endeudamiento del Estado.
Con el agravante que
la Ley 27.198 de Presupuesto 2016 ha quedado totalmente distorsionada con la
serie de medidas adoptadas por la nueva administración Macri sin haberse
procedido a las correspondientes modificaciones presupuestarias.
Los supuestos
macro-económicos básicos del actual presupuesto consideraban un tipo de cambio
a 10.60 $/US$ y una Inflación minorista (IPC)
promedio de 14.5 % y final anual de 10.40 % (!), valores que ya han
tenido variaciones sustanciales contra las optimistas proyecciones oficiales:
dólar hoy a 15 $ e inflación prevista en más del 40 % durante el año.
Apenas asumido el
gobierno Macri – e incluso antes, durante la campaña electoral del 2015 – se
habló de la necesidad de corregir el Presupuesto de este año, en particular
desde las filas del Frente Renovador del ex candidato Sergio Massa (aliado
político-parlamentario del oficialismo), aunque luego de las sucesivas
negociaciones con el bloque de Cambiemos esta idea quedó sin efecto.
La actual
administración, por ende, estaría colocando deuda por encima de las
autorizaciones presupuestarias expresas para el ejercicio 2016, lo que
constituye un tema que debiera ser debidamente aclarado por el gobierno ya que
las operaciones de endeudamiento contraídas sin respetar los términos de la Ley
24.156 de Administración Financiera del Estado son nulas:
a) El
artículo 56 de la Ley prohíbe la realización de operaciones de crédito público
para financiar gastos operativos pero las nuevas deudas de la Nación – y
también de las Provincias (que no están en la ley nacional de presupuesto pero
sí en las leyes provinciales respectivas) – se estarían contrayendo para cubrir
estos gastos corrientes.
b) Las
Letras de Tesorería – que según los artículos 57 y 82 de la 24.156 no se
consideran Deuda Pública – son obligaciones a corto plazo (menos de un año) que
deben ser reembolsadas dentro del mismo ejercicio que se emiten pero las
últimas Letes se están colocando con vencimiento en el 2017.
c) El
artículo 60 establece en forma expresa que no pueden realizarse operaciones de
crédito público sin ley de presupuesto ni ley especial al respecto – como fue
el caso de la Ley 27.249 – salvo las correspondientes a organismos financieros
internacionales de los que el país forme parte.
d) El
artículo 61 impone que cuando se trata de Deuda Externa debe emitir opinión
previa el Banco Central (BCRA) pero no se sabe si este requisito se está
cumpliendo y – en caso afirmativo – en qué términos (como ya faltó también en
la Ley de pago a los Holdouts, en que no se conoce el dictamen pertinente).
e) El
artículo 66 dice textualmente que: Las
operaciones de crédito público realizadas en contravención a las normas
dispuestas en la presente ley son nulas y sin efecto, sin perjuicio de la
responsabilidad personal de quienes las realicen. Y que: Las
obligaciones que se derivan de las mismas no serán oponibles ni a la
administración central ni a cualquier otra entidad contratante del sector
público nacional.
El gobierno Macri – a
contrario sensu de su declarada política
de transparencia – no está suministrando informaciones claras y concretas sobre
toda su operatoria de endeudamiento público.
El arreglo con los
holdouts – que fue aprobado por ley del Congreso - no estuvo acompañado de las
pertinentes liquidaciones de pago ni detalle alguno que permitiera saber qué se
estaba autorizando a pagar, por qué montos y por qué conceptos desagregados, ni
bajo qué antecedentes específicos de reclamos.
Tampoco tuvo
explicación alguna el préstamo sindicado por 5.000 MD contraído en Enero pasado
con los siete grandes bancos – liderados por la Banca Morgan – que son los
mismos que, también por contratación directa, intervinieron como bancos
colocadores y compradores de la emisión de bonos por 16.500 MD para pago a los
Holdouts en Abril.
La administración
Macri está colocando deuda nueva en gran escala por montos que exceden las
autorizaciones presupuestarias conocidas para el corriente año, estaría
cubriendo gastos corrientes con deuda pública – lo que está prohibido por ley –
y no está informando sobre los montos de nueva deuda correspondientes a la
cobertura de los déficits financieros de 2016 y 2015 no contemplados en el
ejercicio en curso.
El denominado
Programa Financiero 2016 – aparentemente, un programa de endeudamiento para el
período Mayo-Diciembre del año – no muestra informaciones claras y concretas
sobre este punto de la deuda adicional por el déficit fiscal excedente.
Ni mucho menos sobre
la inexistente capacidad de repago de las nuevas obligaciones, como no sea
siguiendo permanente e inexorablemente la política institucional de cancelar
vencimientos de capital con nuevas deudas y abonar cada vez más intereses.